[Chile] [Caso Vergara Toledo: «carta» con nueva versión de uno de los condenados. En una misiva colmada de groseros errores ortográficos y de redacción, el suboficial (R) de Carabineros Jorge Marín afirma que lo obligaron a ejecutar a Rafael Vergara Toledo al interior de una unidad policial. La misiva revela el nivel de lenguaje de los carabineros en 1985.]
[Claudio Leiva Cortés] En una carta redactada por una persona con graves problemas de lenguaje, el suboficial (R) de Carabineros Jorge Segundo Marín Jiménez, condenado a 10 años y 1 día como autor de los homicidios de los hermanos Vergara Toledo, entregó dos supuestos nuevos antecedentes que no habrían sido investigados por el ministro Sergio Muñoz.
La misiva, repleta de errores ortográficos y de redacción, fue enviada al diputado PC Hugo Gutiérrez. En ella, Marín reitera que es inocente del asesinato de Eduardo Vergara e identifica al supuesto autor material del crimen, también carabinero, que estaría libre. Además, asegura que le ordenaron ejecutar a Rafael Vergara al interior de un cuartel.
Tras conocer la nueva versión de Marín, la familia de los hermanos Vergara Toledo presentó una querella en contra de quienes resulten responsables y solicitó a la Corte de Apelaciones de Santiago un ministro en visita para que indague las afirmaciones realizadas en la misiva. Textualmente, la carta escrita a máquina señala lo siguiente:
“AL SEÑOR: HUGO GUTIERREZ.
ABOGADO Y DIPUTADO DE LA REPUBLICA
PRESENTE
Punta Peuco, 04 de Mayo de 2012.-
Por intermédio de La Presente me dirijó a Usted, para Saludarlo muy Respétuosamente, y exponerle el motivo de esta.
Yo, Jorge Segundo Marin Jimenez, 58 años, Cédula de Identidad Nro. 6.820.408-9, ex-funcionario de Carabineros, con domicilio en La Calle Los Pirquenes Nro. 676 Villa Ohiggins, Comúna de Coronel, Octava Región, actualmente recluído en el Penal de Punta Peuco, por lo que recurró a su Persona, para solicitarle su ayuda en la causa que estoy pasando.
Que con fécha 10 de Septiembre de 2010, fui condénado a la pena de 10 años y un día, de presidio, como autor de dóble homicidio, la que me encuentro cumpliendo en El Penal de Punta Peuco.
Por la causa de la muerte de los hérmanos Vergara Toledo, el año 1985, en La Villa Francia, Cómuna Estación Central, mediante un enfrentamiento armado, en la que Yo, No Tengo la responsabilidad de la cúal se mé acusa, lla que cuándo comenzaron los disparos, salímos en su persecución Yo y el Carabinero Muñoz, tómando diferentes pasajes, y al oír los disparos, me dirijo al lugar, percatándome que uno de los Vergara Toledo, se encontraba tenido en el piso al parecer sin vida, el que había sido habatido por el Carabinero Muñoz, quíen se encontró de frente con dos de ellos, disparándoles los 20 tiros que contenía el cargador de la UZI., arma que portaba Muñoz, el que también se encontraba habatido en el piso, y cuando el otro de los Vergara, intentabá liquidar a mi compañero, llégue Yo que réconosco haberle disparado por la espalda y a corta distancia, cáyendo este hérido al suelo, instantes en que llégo el Teniente Amblér, jefe de la patrulla, quíen mé ordeno esposarlo y cubrirme lla que fáltaba un tersero.
Posteriormente el Tte. Amblér, mé ordeno ami y al cabo Toledo, sacarle las esposas al hérido y subirlo al carro policial, y llevarlo a un sitio hériazo y darle muerte, lo que Cabo Toledo, chofer del furgón se dirijío al patio posterior de la Unidad, donde se dío cumplimiento a la orden hémanada del Tte. Amblér, regresando con el cádaver al sitio del suceso,
Hagó presente Señor Dipútado, no tener participación en la muerte del primero de los fállecidos, solo el Carabinero Muñoz, quíen no a sido procesado, y goza de plena libertad, y en el segúndo solo cumplí una orden, las que en ese tiempo eran extrictas y obligatorías.
Señor Abogado y Diputado, le hágo presente que mientras estuve en la Tenencia Alesandrí, no conosí y tampoco tube algún encuentro con los hermanos Vergaras Toledo, pero si el Tte. Sr. Amblér, y el Cabo Toledo, en detenciones y allanamientos.
Por lo anterior Señor Abogado y Diputado, rúego a Usted, me ayude a exclareser y revisar mi caso, lla que no cuento con los médios necesario para cancelar Abogado, le hago presente que embíe escrito Al Ministro Sr. MILTON JUICA.
Señor Abogado y Diputado, digo esto ahora, porque siempre mis declaraciones fueron dirijídas y amenazadas por El Tte. Sr. Amblér, y él Abogado Sr. Mauricio Unda, adémas asegurándome que jamás sería condenado y menos pisaría las puertas de una carcél, y por lo que hubo bastante dinero por medio, más de estár págando por otros lo que yo no ise, y estoy sufriendo por la rotúra del téndon de aquíles derecho, sufrido mientras efectuaba deporte en una de las canchas del penal.
De antemano Señor Abogado y Dipútado, rúego a Usted, me ayúde a obtener Justicía dentro de las pósibilidades que se pueda, y por lo que le pido mis discúlpas por la molestía que le púdiere háber causado, y muchas gracias.
Atentamente Saluda a Usted.-
JORGE SEGUNDO MARIN JIMENEZ
Penal Punta Peuco.-“.
Los Tres Condenados en Punta Peuco
El 4 de agosto de 2010, la Corte Suprema condenó a Marín a 10 años y 1 día de presidio como autor del homicidio calificado de Rafael Vergara Toledo y del homicidio simple de su hermano Eduardo.
En el mismo fallo, el teniente Álex Vicent Ambler Hinojosa fue sentenciado a 7 años de cárcel como autor del homicidio calificado de Rafael Vergara Toledo, al igual que el suboficial Francisco Nelson Toledo Puente.
De acuerdo a la investigación realizada por el ministro Sergio Muñoz, Eduardo Vergara Toledo murió en la vía pública en un falso enfrentamiento, asesinado por el suboficial Marín, mientras que su hermano Rafael fue ejecutado en el interior de un carro policial.
18 de agosto de 2012
17 de agosto de 2012
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